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Recientemente se dio a reconocer la resolucion de un tribunal de apelaciones del Estado de Maryland, E.E. U.U., en la que se confirmo la condena an una menor por autofilmarse practicando sexo oral desplazandolo hacia el pelo luego enviarlo a 2 colegas, ademas menores, en un conjunto personal sobre WhatsApp.
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El sujeto que participo de el evento sexual no fue identificado, pero a S.K.
El chat personal, a donde se compartio el material analizado por el tribunal, lo compartian tres colegas y lo usaban Con El Fin De enviarse bromas tipicas dentro de adolescente inclusive que un dia una sobre las integrantes envio un video de un minuto aproximadamente en a donde se la podia mirar practicandole sexo oral a un hombre. Lapso despues hubo una pelea que desencadeno en la trasera difusion de el archivo que habia sido enviada, todo empezo cuando uno de los participantes se la enseno a un publico sobre la policia en el establecimiento educativo donde asistian.
(iniciales de el nombre que se utilizo en la resolucion de resguardar la identidad sobre la menor) se la podia mirar a lo largo de cualquier el video. El caso cayo en manos de el Fiscal de el Estado de el Condado de Charles quien acuso a la inferior sobre violar la ley criminal sobre Meryland; por producir un video de contenido sexual en la cual participa un menor, distribucion sobre este material desplazandolo hacia el pelo presentacion sobre material obsceno a menor de permanencia. Sobre esta forma, S.K. fue condenada desplazandolo hacia el pelo si bien no tuvo que ir a la prision fue puesta en liberaciin condicional.
No seria la primera vez que el estado de el meta se condena an una menor por capturar la situacion sexual consentida a traves de un dispositivo inteligente, en el anualidad 2007 en el Estado de Florida (H.A. v. State Of Florida) se condeno an una inferior por enviarle a su prometido la imagen sobre contenido sexual que habian capturado juntos en un evento sexual consentido.
En ambos casos el tema central por pieza de los tribunales de poner en practica las leyes penales fue que la estatuto destinada a castigar las delitos relacionados a la formacion y/o reparto de imagenes sobre abuso sexual pueril no excluia el supuesto en los que los propios menores eran algunos que “producian” ese material asi como, por ende, les eran reprochables Del mismo modo que cualquier cristiano.
No es correcto abordar al sexting dentro de menores con una consentimiento penal, sino que consideramos mas apropiado abordarlo desde la prevencion, todo el tiempo y no ha transpirado cuando sea consentido por las participantes
La RAE define al sexting como el “envio de imagenes o mensajes de texto con un contenido sexual explicito por medio de un mecanismo electronico, especialmente un telefono movil”. Este fenomeno social se popularizo con la masiva empleo sobre los telefonos inteligentes y no ha transpirado las menores nunca son la excepcion y constantemente utilizan la ciencia Con El Fin De manifestar su sexualidad. No obstante, a raiz de las duras legislaciones que castigan a quienes producen este tipo sobre material y no ha transpirado al no preverse exclusiones para dichos casos, la jurisprudencia alcanza penalmente los actos de todos estos menores Del mismo modo que a las pedofilos.
La estatuto argentina no seria la excepcion desplazandolo hacia el pelo, Del mismo modo que las leyes de el Estado Maryland, el post 128 del Codigo Penal preve duras sanciones a quienes posean, produzcan asi como distribuyan material en la que participen menores exhibiendo las genitales con fines sexuales o se los observe en actividades sexuales explicitas asi como nunca se encuentra previsto que pasa cuando ese material fue capturado por un inferior con pleno conocimiento y no ha transpirado voluntad y, de forma libre, decide compartirlo. Hay una clara contradiccion ya que el acto sexual consentido dentro de menores adultos no constituye delito (lease producto 119 desplazandolo hacia el pelo 120 de el Codigo Penal) y el funciin de tecnologia de capturar ese instante si, y no ha transpirado con penas que podrian alcanzar Incluso diversos anos sobre prision.
Ante estas 2 posturas, y teniendo en cuenta que en un Estado de Derecho se concibe al derecho penal igual que de ultima ratio, entendemos que nunca seria perfecto abordar al sexting entre menores con la legitimacion penal, sino que consideramos mas conveniente abordarlo desde la prevision, todo el tiempo y no ha transpirado cuando sea consentido por las participantes. Castigar a un menor por ejecutar un evento que, en si, es legal, pero si toma una fotografia o video lo convierte en un delito nunca supera el minusculo sobre coherencia. Aparte, viola las derechos a la igualdad y no ha transpirado nunca discriminacion puesto que los adultos, en las mismas condiciones, nunca son alcanzados por la norma penal.
Ahora bien, frente al vacio en la codigo penal tambien existe todo un cadaver iuris que regula las derechos fundamentales sobre las ninos, ninas y no ha transpirado jivenes a las que podriamos acudir de procurar descifrar lo cual que, en fundamentos, da la impresion injusto. Aqui, es oportuno originar a la Convencion sobre los Derechos sobre las Ninos (C.D.N. Asamblea General sobre la O.N.U. del 20 sobre noviembre sobre 1989 pieza sobre la Constitucion Nacional) cuyo articulo 13 establece que el nino tendra derecho a la liberaciin de expresion, que comprende “la liberaciin sobre indagar, cobrar asi como difundir informaciones e ideas sobre al completo
Finalmente, consideramos apropiado debatir la posibilidad de integrar la orden sobre estas caracteristicas al Codigo Penal a las fines sobre prevenir probables interpretaciones que criminalicen a las menores por solo hecho de su minoridad cuando nunca se huviese visto afectado ningun bien judicial.
Victor Hugo Portillo. Abogado. Educador de la disciplina componentes de Derecho Penal y Procesal Panal de la atribucion de Derecho UBA, catedra Prof. Dr. Fernando Cordoba. Coordinador de el proyecto de Actualizacion en Cibercrimen y Evidencia Digital, seccion sobre Posgrado Derecho UBA